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Descifrando el jeroglífico de la reforma fiscal: Otras medidas en materia fiscal

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Además de los cambios profundos que la reforma fiscal vislumbra para el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre Sociedades, el ámbito de aplicación de dicha reforma es más extenso. En este sentido, podemos hablar también de cambios en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el Impuesto sobre el Capital, los planes de pensiones, las deducciones por alquiler, así como la ley que contempla la lucha contra el fraude.

El IVA se trata de un tributo de naturaleza indirecta que afecta al consumo, gravando la entrega de bienes y la prestación de servicios  por parte de profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes.

Las principales medidas emprendidas por el Gobierno en materia de IVA abarcan la creación de un nuevo “régimen especial”  de aplicación para los servicios de telecomunicación, radiodifusión y televisión, así como a los servicios prestados vía electrónica por profesionales no establecidos en la Comunidad. Esto supone, por ejemplo, que sí un ciudadanos español se descarga un libro electrónica el IVA se pagará en España y no dónde se encuentre la sede social de la empresa que nos vende el libro como venía sucediendo hasta ahora.

En materia sanitaria, se mantendrá el tipo actual del 10% en productos como las gafas, prótesis, muletas o sillas de ruedas. Sin embargo, los aparatos y productos sanitarios, equipos médicos y demás instrumentos de uso sanitario y hospitalario, pasarán a tributar el 21%, manteniéndose de manera exclusiva la tributación en aquellos productos diseñados para tratar deficiencias o aliviar dolencias. Para el resto de productos de momento no se esperan cambios ni subidas en los porcentajes actuales.

Otra de las medidas propuestas afecta al alquiler de las viviendas, ya que a partir de 2015 se eliminará la deducción por alquiler y se recortará la deducción en un 10% de aquellos propietarios que pongan su vivienda en alquiler. Así, en el caso de que se fuera propietario y el inquilino tuviera más de 30 años, se verían reducidos los ingresos obtenidos al arrendar la vivienda al reducirse la cantidad, mientras que sí el inquilino supera los 30 años de edad, los ingresos estarán exentos de tributar, al pasar la reducción del 100% a la mitad y eliminando las diferencias por edades.

En lo referente a las modificaciones en los planes de pensiones, descenderán los límites máximos de aportación a 8.000 euros, con independencia de la edad, y bajará la cantidad a desgravar por parte de cada partícipe, al producirse un descenso de los tipos marginales. Todavía no está definido el límite en las desgravaciones por las aportaciones a estos planes de pensiones, pero la cifra podría rondar en torno a los 5.000 euros, una diferencia considerable si tenemos en cuenta que el fijado actualmente se sitúa en 10.000, y en 12.500 euros para las personas mayores de 50 años.

La reforma también contempla la asunción de medidas para mejorar la lucha contra el fraude, con un paquete de medidas que pretende reforzar la Ley Antifraude aprobada a finales de 2012. Entre las novedades se puede destacar la modificación del artículo 95 de la Ley General Tributaria para publicar listas de morosos que tengan deudas con Hacienda o sanciones en materia tributaria superiores al millón de euros y que no se encuentren aplazadas o suspendidas, a través de una lista que identificará al deudor con su nombre, apellido y NIF, o la razón social en el caso de que se trate de una empresa. También se publicará de manera anual la lista de paraísos fiscales, modificando los criterios a tener en cuenta y mejorando el procedimiento inspector, que contará con nuevos plazos.

Por último, la reforma también vislumbra la reducción de los tipos en el Impuesto sobre el Capital (fondos de inversión, seguros…), desapareciendo la deducción general por los primeros 1.500 euros por dividendos. Además, para fomentar el ahorro el Gobierno creará un nuevo instrumento que permitirá reducir los primeros 5.000 euros de los intereses por cuentas o seguros con un plazo de más de cinco años. Este nuevo instrumento se conoce como “Ahorro 5” y supone una buena opción para los ahorradores más conservadores, que sin duda serán los más beneficiados.

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¿Quieres conocer más detalles sobre el Anteproyecto de la Reforma Fiscal? Consulta los siguientes artículos y profundiza en los cambios propuestos para los próximos años:

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