El Boletín Oficial del Estado publicó el 17 de Julio dos órdenes para actualizar la compensación de gastos por kilometraje para quienes usen un vehículo para desarrollar su trabajo.
Esta actualización sube de 0’19 a 0,26 euros por kilómetro recorrido.
La misma cubre el combustible y los gastos relacionados con el desgaste ocasionado al vehículo y sus posibles averías. Dentro de esta protección, también entran de manera proporcional, el seguro y los impuestos relacionados con el vehículo.
Una de las órdenes contempla las indemnizaciones para los empleados públicos que deben utilizar su propio vehículo para trabajar, mientras que la otra recoge las exenciones de las que podrán disfrutar los contribuyentes en el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) por los gastos de locomoción que afronten en su desempeño diario utilizando un coche o cualquier otro vehículo.
Las formas de acceder al beneficio son muy distintas para cada colectivo que puede disfrutar del mismo.
En el caso de las empleadas y empleados públicos, los 0,26 euros por kilometraje se abonarán tras la presentación de la factura de combustible correspondiente y una declaración justificativa del desplazamiento. Posteriormente, y tras la comprobación de la documentación, se les realizará un ingreso en su cuenta corriente.
Para el conjunto de trabajadoras y trabajadores contribuyentes de IRPF que utilicen el vehículo para trabajar, las exenciones se aplicarán permitiendo excluir de la declaración del impuesto la cantidad resultante de multiplicar 0,26 euros por los kilómetros recorridos. Un trámite para el que será necesario contar con un documento que justifique el desplazamiento, y en el que se podrán incluir de los gastos de peaje y aparcamiento que hayan sido necesarios.